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Desde el 1º de agosto eliminan retenciones sobre transferencias y billeteras virtuales

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Por instrucción del gobernador Hugo Passalacqua, la Agencia Tributaria Misiones (ATM) publicó la Resolución General N.º 11/2026, que elimina las retenciones automáticas sobre operaciones realizadas mediante billeteras virtuales, tarjetas y transferencias bancarias. La medida entrará en vigencia el próximo 1 de agosto.

Con esta modificación, recibir transferencias o pagos electrónicos dejará de ser motivo para la aplicación de retenciones fiscales en los casos contemplados por la normativa. El objetivo es diferenciar a los usuarios particulares de quienes desarrollan una actividad económica habitual, brindando mayor seguridad jurídica y adecuando el régimen tributario a las nuevas modalidades de pago.

En este marco, el gobernador Hugo Passalacqua expresó en sus redes sociales:

“La medida ya anunciada para las billeteras virtuales se amplía, desde agosto, también alcanzará a las transferencias bancarias de los pequeños contribuyentes”. Y agregó: “Seguimos acompañando a quienes todos los días trabajan, emprenden y hacen crecer nuestra provincia”. El mandatario señaló que se trata de una decisión que simplifica, reduce costos y fortalece la actividad económica de miles de misioneros.

 

La disposición beneficia a quienes realizan movimientos personales, como transferencias entre familiares, reintegros de gastos o cobros ocasionales. Además, alcanza a monotributistas de hasta la categoría D, siempre que se encuadren dentro de los criterios de habitualidad establecidos.

Cabe recordar que el anuncio político se dio el pasado 1 de junio, cuando el gobernador Hugo Passalacqua comunicó la decisión. La reglamentación llegó un mes después, con los detalles de implementación a través de la Agencia Tributaria Misiones (ATM), mediante la publicación de la Resolución General N.º 11/2026.

En ese sentido, la Provincia adoptó los parámetros definidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para determinar cuándo una persona desarrolla una actividad económica y cuándo se trata de operaciones de carácter personal.

La medida comprende las operaciones efectuadas tanto mediante CVU, utilizadas por las billeteras virtuales, como por CBU correspondientes a cuentas bancarias.

Asimismo, establece que el beneficio será aplicable para quienes reciban transferencias de hasta $2.184.404 mensuales.

Desde el Gobierno provincial señalaron que esta actualización normativa busca modernizar el sistema tributario, otorgar mayor previsibilidad a los contribuyentes e incentivar el uso de medios de pago digitales.