La Asociación Civil Orembae reveló que el proyecto hidroeléctrico Corpus Christi en el emplazamiento de Pindo-í no cuenta con ninguna Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), según confirmación oficial del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de la Provincia de Misiones.
A través de un comunicado de prensa, la organización informó que presentó un pedido formal de acceso a la información pública ambiental (Expediente N.° 9910-114/2026), recibiendo respuesta el 29 de mayo de 2026. En ella, la cartera provincial admitió que no existe estudio de impacto ambiental, ni dictamen técnico, ni audiencia pública, ni Declaración de Impacto Ambiental para la obra.
“Las afirmaciones de ‘impacto mínimo’ que vienen difundiendo la COMIP y los promotores del proyecto carecen de todo sustento técnico y legal”, sostiene Orembae.
Afirmaciones sin respaldo técnico
Durante los últimos meses, distintos voceros del proyecto han sostenido que la represa afectaría “pocas hectáreas” y “pocas familias”, y que su diseño “confinado” no dañaría la Selva Paranaense. Según la asociación, estas declaraciones son falsas e improcedentes porque no se basan en ningún estudio serio.
“Nadie puede afirmar legítimamente que un impacto será ‘mínimo’ cuando ese impacto jamás fue medido por el único instrumento idóneo para determinarlo: la Evaluación de Impacto Ambiental”, señala el comunicado.
Orembae diferencia claramente entre un estudio de prefactibilidad —el documento que invocan los promotores— y una Evaluación de Impacto Ambiental, instrumentos con distinta naturaleza y exigencia legal.
Marco legal y principio precautorio
La entidad recuerda que la Ley General del Ambiente (25.675) exige la EIA como requisito previo y obligatorio para obras que puedan degradar el ambiente, junto con participación ciudadana informada. Esto se refuerza con el Acuerdo de Escazú y el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Además, al tratarse de un ecosistema crítico como la Selva Paranaense (el remanente más importante de la Mata Atlántica en Argentina), rige el principio precautorio: ante riesgo de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica obliga a abstenerse.
Reclamos de la organización
La Asociación Civil Orembae exige:
- Cesar inmediatamente la difusión de afirmaciones sobre “impactos mínimos” sin respaldo técnico.
- Respetar la decisión popular de 1996 y el marco normativo provincial que prohíbe la represa.
- No convocar a ningún plebiscito mientras no exista información ambiental completa, independiente y pública.
- Garantizar el derecho de acceso a la información pública ambiental de toda la ciudadanía.
“Nos dijeron durante meses que el impacto sería mínimo. Pedimos los estudios y la respuesta del propio Estado fue que no existe ninguna evaluación ambiental. No discutimos cifras: denunciamos que esas cifras nunca se midieron. No se le puede pedir a Misiones que vuelva a votar sobre una represa a ciegas”.






