La Secretaría de Transporte aprobó un nuevo procedimiento administrativo para gestionar cambios en recorridos, frecuencias y otros parámetros de los servicios de colectivos de jurisdicción nacional. La medida no implica modificaciones inmediatas en las líneas.
El Gobierno nacional estableció un nuevo marco para tramitar modificaciones en los servicios de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional. La decisión se formalizó a través de la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La normativa no dispone cambios concretos ni inmediatos en los recorridos ni en las frecuencias de los colectivos. En su lugar, define el procedimiento administrativo que deberán seguir las empresas o autoridades cuando se soliciten o resulten necesarias modificaciones por motivos operativos, de tránsito o de seguridad vial.
El texto contempla mecanismos diferenciados según el tipo y alcance de cada cambio, con el objetivo de ordenar administrativamente las solicitudes y adecuar los procesos a las necesidades reales del sistema de transporte.
Para los pasajeros, la resolución solo establece el marco normativo bajo el cual se tramitarán eventuales modificaciones futuras. Cualquier cambio de recorrido o frecuencia deberá implementarse posteriormente a través de este procedimiento y comunicarse de manera específica en cada caso.
La medida alcanza exclusivamente a los servicios de jurisdicción nacional, por lo que no afecta a los colectivos que dependen de autoridades provinciales o municipales.
Desde la Secretaría de Transporte señalaron que la actualización busca adaptar los procedimientos administrativos a las necesidades operativas del sistema.




