La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de productos de las firmas Karité, Kiss Beauty y Miss Vanesa por falta de registros sanitarios.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad de una serie de protectores solares de las marcas Karité, Kiss Beauty y Miss Vanesa.
La medida se tomó tras detectar que estos artículos no contaban con la debida inscripción ante el organismo sanitario.
La decisión administrativa fue formalizada el 13 de julio de 2026 mediante la Disposición 4300/2026, bajo la firma del administrador nacional, Luis Eduardo Fontana.
La normativa alcanza a todas las presentaciones de estos productos y se extiende a cualquier otro cosmético de estas marcas hasta que regularicen su situación.
Las irregularidades fueron detectadas inicialmente en inspecciones realizadas el 15 de mayo de 2026 en locales comerciales de la Ciudad de Buenos Aires. Durante estos operativos, los responsables de los comercios no pudieron presentar la documentación que acreditara la procedencia legal de la mercadería.
Cuáles son los productos prohibidos
Entre los artículos específicamente detallados por la autoridad sanitaria se encuentra el protector solar Collagen – Nourish Skin UV Protective SPF60++ Sunscreen Serum, de la marca Karité, en envase de 60 mililitros. Este producto, de origen chino, carecía de datos de inscripción sanitaria en su rótulo.
También se prohibió la crema solar Sunscreen Cream SPF50 de la marca Kiss Beauty, en presentación de 65 mililitros. En este caso, además de no poseer registros, el organismo detectó que las unidades halladas tenían fecha de vencimiento en mayo de 2023.
El tercer producto identificado es el protector solar Anthelios XL 50+ SPF, de la marca Miss Vanesa, en envase de 150 mililitros.
Al igual que los anteriores, es de fabricación china, carece de inscripción sanitaria y las muestras encontradas presentaban vencimientos del 9 de mayo de 2023.
Riesgos para la salud y falta de trazabilidad
La Anmat calificó a estos artículos como “cosméticos ilegítimos” debido a que no se puede garantizar su seguridad ni su calidad. Al no estar registrados, el organismo desconoce si fueron elaborados bajo condiciones higiénico-sanitarias adecuadas o si contienen ingredientes permitidos.
Según consta en la disposición oficial, ante la falta de trazabilidad, el organismo señaló lo siguiente:
“No es posible garantizar la seguridad, la calidad ni la composición de los productos”.
Este tipo de irregularidades representa un peligro potencial para los consumidores, ya que los protectores solares son productos críticos para la prevención de daños en la piel causados por la radiación ultravioleta. Al no tener respaldo científico ni control estatal, su eficacia es nula o desconocida.
Alcance de la medida oficial
La prohibición dictada por el organismo nacional tiene vigencia en todo el país y ya fue comunicada a las autoridades sanitarias de cada provincia. También se dio aviso a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial para coordinar las acciones de retiro del mercado.
El organismo recordó a la población la importancia de verificar que los productos cosméticos y de cuidado personal cuenten con los datos del importador habilitado y el número de registro sanitario correspondiente en sus envases.
Finalmente, la Anmat instó a los usuarios a interrumpir el uso de cualquier producto de estas marcas. La medida preventiva se mantendrá firme hasta que las firmas responsables logren acreditar la documentación exigida por la legislación vigente en Argentina.





