En la sesión ordinaria de este jueves, el Honorable Concejo Deliberante de Puerto Iguazú abordará como primer punto del orden del día el Expediente Nº 35/26 Letra “C”, un Proyecto de Comunicación presentado por el concejal Walter Alejandro Verón que busca impulsar la implementación de los artículos 199° al 203° de la Carta Orgánica Municipal (COM) referidos a la participación juvenil.
El proyecto solicita al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) que coordine con la Asociación de Centros de Estudiantes de Puerto Iguazú (A.C.Es.P.I.) los mecanismos necesarios para la creación y puesta en funcionamiento de la Dirección de la Juventud, tal como lo establece la Carta Orgánica.
Lo que establece la Carta Orgánica Municipal
Según los considerandos del proyecto:
El Artículo 199° obliga al Departamento Ejecutivo Municipal a crear una Dirección de la Juventud.
El Artículo 200° establece el reconocimiento oficial de los Centros de Estudiantes una vez organizada esta Dirección.
El Artículo 201° determina que el cargo de Director/a de la Juventud será ocupado por un joven elegido por la mayoría de los centros de estudiantes de los colegios secundarios de la ciudad. El mandato será de un año, con posibilidad de reelección.
Los Artículos 202° y 203° definen las competencias de la Dirección: promover el desarrollo integral de los jóvenes, su perfeccionamiento, aporte creativo, formación democrática, cultural y laboral, y la elaboración de planes anuales de trabajo que deberán ser aprobados por el Ejecutivo y luego publicitados.
Fundamentos del proyecto
El concejal Walter Alejandro Verón fundamenta la iniciativa en la necesidad de “fomentar la participación de la juventud de manera colectiva mediante acciones concretas impulsadas desde el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante”. El documento resalta el rol que ya cumplen los centros de estudiantes nucleados en la A.C.Es.P.I. y la obligación municipal de garantizar la participación juvenil en la acción de gobierno, tal como lo prevé el Capítulo XII de la Carta Orgánica.
El proyecto de comunicación, una vez aprobado, instará al DEM y a las secretarías y direcciones correspondientes a instrumentar los mecanismos para la elección del Director/a de la Juventud en coordinación con los estudiantes.





