El Honorable Concejo Deliberante de Puerto Iguazú aprobó este jueves por unanimidad el proyecto de ordenanza que reglamenta la aplicación local del Registro Público de Alimentantes Morosos.
Con 6 votos afirmativos (el concejal Humberto Pereyra estuvo ausente), se dio sanción definitiva al Expediente N° 27/26 Letra “C”, presentado por el Interbloque. La Comisión de Presupuesto, Hacienda y Legislación General había emitido despacho favorable.El primero en hacer uso de la palabra fue el concejal Alejandro Verón, seguido por el concejal Fabián de SA y la concejal Raquel Matkoski, quienes expresaron su total acuerdo con la iniciativa.
Origen del proyecto
Verón explicó que se trata de una actualización de un expediente de su autoría presentado en 2015, surgido a raíz del pedido de una amiga cuya expareja no cumplía con la cuota alimentaria de su hija. “Para mí fue una cagada a pedo”, expresó el edil, al recordar cómo tomó conciencia del problema.
La Ordenanza Municipal N° 06/01 ya había adherido a la Ley Provincial IV N° 31 (ex Ley 3615), pero nunca fue reglamentada. Faltaba la autoridad de aplicación y mecanismos concretos para hacer efectivas las restricciones.
El concejal contó con el asesoramiento del doctor Martín Verón (su hermano), del exconcejal Kevin Florentín y mantuvo reuniones con la jueza de Familia Dra. Eugenia Fioranelli, quien le aportó datos e información clave sobre la realidad local.
Datos alarmantes
Según información del Juzgado de Familia, en el departamento Iguazú hay casi 2.000 morosos alimentarios registrados (en 2015 eran alrededor de 1.600). De ellos, solo una es mujer. Verón destacó que las principales perjudicadas son las madres que deben “parar la olla”, mantener a los hijos y sostener el hogar solas.
“Se trata de asegurar los derechos de la infancia”, enfatizó. Además, aclaró que los alimentantes morosos son notificados entre una y tres veces antes de su inclusión en el registro.
Principales disposiciones de la ordenanza
Autoridad de Aplicación: Secretaría de Gobierno, en coordinación con las direcciones de Tránsito, Habilitaciones Comerciales, Transporte, Contrataciones y Recursos Humanos.
Procedimiento: Suspensión inmediata de trámites municipales al detectarse morosidad. El interesado será notificado y dispondrá de 30 días para acreditar su baja del Registro.
Renovaciones: No se suspenderán las habilitaciones vigentes; la restricción se aplicará recién en la renovación.
Excepción: Solo se habilitará el trámite si se presenta resolución judicial que disponga la suspensión temporal de la inclusión en el Registro.
Obligación municipal: Los agentes deberán consultar obligatoriamente el listado antes de resolver cualquier trámite. El incumplimiento generará responsabilidad funcional.
Actualización: Cada tres meses se solicitará al Juzgado de Familia la nómina actualizada, garantizando confidencialidad.
Presencia especial en la sesión
Estuvo presente en el recinto como invitada especial la Dra. Eugenia Fioranelli, jueza de Primera Instancia en el Juzgado de Familia y Violencia Familiar N° 2 de Iguazú. La magistrada fue especialmente invitada al Concejo Deliberante, ya que fue consultada durante la elaboración del proyecto y es quien diariamente resuelve numerosos casos de morosidad alimentaria en su juzgado.
La nueva norma busca fortalecer el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes del distrito.







