Ante la postura firme de la hilandería, el conflicto llegaría a la justicia. La empresa comenzó a responder las cartas documento de los empleados despedidos.
Ante la postura firme de la hilandería, el conflicto llegaría a la justicia. La empresa comenzó a responder las cartas documento de los empleados despedidos.
En la contestación remitida a través de su apoderado, la firma niega y rechaza “en todos sus términos” los planteos formulados por los empleados, calificándolos como falsos e improcedentes. Asimismo, ratifica que las desvinculaciones se dispusieron conforme al artículo 247 de la LCT, argumentando que obedecen a causas “reales, válidas y comprobables”, vinculadas a la situación económica y financiera que atraviesa la empresa, las cuales -según sostiene- serían extraordinarias y ajenas al riesgo empresario.
En el mismo documento, la empresa niega el cierre del establecimiento y también niega que se trate de un despido masivo, rechazando los reclamos basados en los artículos 232, 233 y 245 de la LCT. Al mismo tiempo niega que corresponda efectuar un pago adicional alguno y afirma que no existiría derecho a iniciar reclamo contra la firma.
Finalmente, da por cerrado el intercambio epistolar y deja constancia de que el apoderado actúa en representación de la sociedad.
El desenlace dependerá de lo que pueda acreditarse en sede judicial respecto a la real situación económica de la empresa y a las causales invocadas para las desvinculaciones.
Corrientes Hoy





