En la sesión de este jueves, el Honorable Concejo Deliberante aprobó por unanimidad el Expediente N° 48/26 Letra “C”, Proyecto de Comunicación presentado por el concejal Alejandro Verón, que busca esclarecer y regularizar una obra en construcción que obstruye el paso público en el Barrio Las Orquídeas.
La iniciativa, dictaminada favorablemente por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Legislación General, se centra en la intersección de las calles Waldemar Zipp y Rufina Díaz Zubigaray, donde se emplaza una construcción sin identificación visible, sin información sobre su destino, propietarios ni expediente que autorice su ejecución.
Antecedentes y fundamentos
El proyecto recuerda que, según el Artículo 68 inciso “q” de la Carta Orgánica Municipal, corresponde al Concejo Deliberante otorgar concesiones para el uso y ocupación de la vía pública, espacio aéreo y subsuelo, con aprobación de las dos terceras partes de sus miembros.
Se menciona además una denuncia realizada el 28 de agosto de 2018 por el entonces Director de Tierras de la Municipalidad, Juan Diego Pimentel (DNI 25.315.583), ante la Fiscalía de Instrucción N° 3, por la usurpación de una calle en el Barrio Las Orquídeas que linda con la manzana “O” del Plano de Mensura N° 49203, sobre la calle Rufina Díaz Zubigaray.
Esa denuncia fue notificada al Tribunal de Faltas, la Intendencia y la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Qué se solicita
A través de la Comunicación N° XX/26, el Concejo solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, el Tribunal de Faltas y el Juzgado de Instrucción N° 3 que remitan en un plazo de 30 días corridos un informe técnico, administrativo y jurídico detallado que incluya:
- Identificación de responsables (propietario, ocupante, contratista, etc.).
- Destino y características de la obra.
Estado de la documentación técnica y permisos municipales. - Situación jurídica del inmueble o espacio (público o privado).
- Actuaciones administrativas ya realizadas (inspecciones, actas, intimaciones, sanciones).
- Toda otra información pertinente.
Artículo 2°: En caso de confirmarse una ocupación irregular de espacio público sin autorización del Concejo, se pide al Ejecutivo que adopte de inmediato las medidas correspondientes, incluyendo intimación al responsable, suspensión preventiva de la obra, aplicación de multas y demás acciones para resguardar el patrimonio municipal.
Se establece además un plazo de 15 días hábiles una vez notificada la comunicación para avanzar en las acciones.
El concejal Verón y el cuerpo deliberativo fundamentan esta medida en la necesidad de ejercer el control institucional y proteger el patrimonio público de los vecinos de Puerto Iguazú.






