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Revés judicial para el Gobierno nacional en Misiones: la Cámara Federal rechazó el recurso contra las tasas municipales en las boletas de luz

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La Cámara Federal de Posadas rechazó este martes el recurso extraordinario presentado por el Ministerio de Economía de la Nación y la Secretaría de Industria y Comercio, con lo que mantiene firme la posición de Energía de Misiones SA en la disputa por la inclusión de tasas municipales en las facturas de energía eléctrica.

Los jueces Fabián Gustavo Cardozo, Mirta Delia Tyden y Mario Osvaldo Boldu firmaron el fallo en el que desestimaron la apelación del Gobierno nacional al considerar que no cumple con los requisitos formales para habilitar la instancia extraordinaria ante la Corte Suprema de Justicia.

En la resolución, el tribunal recordó que previamente había confirmado la prórroga de una medida cautelar a favor de la empresa provincial. Los magistrados señalaron que los agravios expuestos por el Estado nacional “resultan insuficientes” y que el recurso “carece de la debida formulación constitucional”, introduciendo cuestiones de fondo que deberán resolverse en la acción principal y no en el marco limitado de la cautelar.

Argumentos del Gobierno y respuestas locales

Durante la apelación, el Gobierno nacional argumentó que existía “gravedad institucional” porque la decisión judicial avanzaba sobre facultades del Poder Legislativo y del Ejecutivo, en relación con la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor. Además, sostuvo que la cautelar suspendía de manera indebida una resolución administrativa que buscaba impedir que los municipios incluyeran tasas locales en las facturas de servicios esenciales, bajo amenaza de corte del suministro.

Por su parte, Energía de Misiones SA y la Municipalidad de Posadas respondieron que el recurso era improcedente al dirigirse contra una resolución interlocutoria y no contra una sentencia definitiva, requisito indispensable para acceder a la vía extraordinaria federal. La empresa provincial también destacó que el plazo de la cautelar ya había vencido, tornando abstracta la discusión, y que la medida no generaba perjuicios patrimoniales al Estado ni afectaba el interés público.

La Municipalidad de Posadas agregó que durante la vigencia de la cautelar “se llevó adelante la prestación efectiva del servicio y su cobro de manera armónica y sin oposición”, sin que se registraran inconvenientes.

Vencimiento de la cautelar

La Cámara Federal remarcó que la resolución apelada no revestía carácter definitivo y que el plazo de seis meses de la medida cautelar venció el 29 de marzo de 2026. Por estos motivos, resolvió rechazar el recurso extraordinario por “la ausencia de sentencia definitiva y la inoficiosidad de las quejas”.

Contexto del conflicto

El conflicto se originó cuando el Ejecutivo nacional cuestionó la inclusión de tributos municipales en las boletas de luz, buscando impedir ese mecanismo con el argumento de “transparentar” las tarifas. Energía de Misiones acudió a la Justicia y obtuvo una cautelar que frenó la medida.

Si bien la cautelar ya expiró, el fallo de la Cámara Federal representa un respaldo procesal para la provincia y los municipios misioneros, que consideran clave este sistema de recaudación para sostener servicios básicos y el funcionamiento local.

La discusión de fondo sobre la legalidad del cobro de tasas municipales a través de las facturas de energía eléctrica continuará en la causa principal.

Con información de Primera Edición