El decreto, publicado este viernes, establece que el Gobernador, el Vicegobernador, las autoridades superiores, el personal superior de la Administración Central, miembros de directorios de entes autárquicos, sociedades del Estado provincial y sociedades con participación mayoritaria del Estado deberán realizarse exámenes toxicológicos preventivos para descartar la presencia de sustancias psicoactivas ilegales.
Alcance y plazos
Según el artículo 2°, estos exámenes serán anuales y aleatorios. La primera ronda deberá completarse en un plazo máximo de 90 días hábiles desde la publicación del decreto. Quienes asuman cargos con posterioridad tendrán el mismo plazo desde su designación.
La medida se extiende también, de manera aleatoria, al personal de la Policía de la Provincia, el Servicio Penitenciario, el Ministerio de Salud Pública, el Parque de la Salud y la Secretaría de Estado de Prevención de Adicciones.
Declaración del Gobernador
Objetivo del decreto
En los considerandos, el Ejecutivo argumenta la necesidad de dar “un ejemplo inequívoco de congruencia” en la lucha contra el narcotráfico y evitar que el consumo de sustancias ilícitas condicione las decisiones que afectan a los ciudadanos.
Autoridad de aplicación y garantías
- El Ministerio de Salud Pública (a cargo del Dr. Héctor Javier González) es la autoridad de aplicación.
- Deberá dictar la reglamentación complementaria en un plazo de 30 días.
- Se creará un Comité de Auditoría Externa con el Colegio de Médicos y el Colegio de Bioquímicos de Misiones.
- Todas las actuaciones serán reservadas y secretas.
Consecuencias ante resultado positivo
El Ministerio remitirá el informe a la máxima autoridad del organismo. El Ejecutivo evaluará si mantiene al funcionario en el cargo o lo releva. Para el personal operativo se podrá disponer licencia, suspensión o cese, respetando siempre la Constitución Provincial y la legislación vigente. Se garantiza abordaje integral de recuperación e inserción laboral y social.
Sustancias detectadas
Los exámenes buscarán detectar metabolitos de:
- Cannabinoides
- Cocaína
- Opioides
- Anfetaminas, metanfetaminas, MDMA, MDA
- Barbitúricos (salvo prescripción médica)
Invitación a otros poderes
El artículo 10 invita al Poder Legislativo, al Poder Judicial, organismos de la Constitución y municipios a adherir a la medida con normas propias.
Esta es una de las medidas más contundentes adoptadas por una provincia argentina para exigir estándares de idoneidad y transparencia en la función pública en materia de consumo de drogas. Se esperan detalles operativos en los próximos días.







