Se alineará con las medidas del Ministerio de Hacienda provincial para proteger los haberes de trabajadores y jubilados.
La Justicia misionera comenzará a aplicar criterios más estrictos para limitar los descuentos sobre los salarios de los trabajadores estatales y jubilados provinciales, en sintonía con las recientes disposiciones del Ministerio de Hacienda.
Según fuentes judiciales, los tribunales provinciales tomarán como referencia el régimen de inembargabilidad previsto en el Decreto 484/87, que establece un porcentaje máximo de afectación sobre las remuneraciones.
Fundamentos de la medida judicial
Esta decisión se basa en recientes resoluciones donde se advierte que los descuentos realizados por entidades financieras absorbían un porcentaje “sustancialmente superior” al límite del 20% previsto por la normativa nacional.
En los fundamentos de una de las resoluciones se destaca que “la documentación acompañada permite advertir prima facie que los débitos efectuados por la entidad financiera demandada absorben un porcentaje sustancialmente superior al límite del veinte por ciento (20%) previsto por el Decreto 484/87”.
Además, se señala que esta situación configura “una apariencia razonable de vulneración del régimen protectorio del salario”, lo que justifica la intervención judicial para evitar el perjuicio económico continuado sobre el trabajador.
La resolución recuerda el carácter alimentario de la remuneración y su protección especial por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. “La reducción del haber disponible a una suma ostensiblemente inferior al porcentaje legalmente disponible importa, en principio, una afectación que trasciende el ámbito meramente contractual y compromete garantías de jerarquía constitucional”, sostiene.
Alineación con las medidas de Hacienda
La postura de la Justicia se conoce pocos días después de que el Ministerio de Hacienda provincial anunciara modificaciones en el Centro Único de Administración de Descuentos (CUAD) mediante la Resolución Nº 497.
A partir de ahora, todos los descuentos que se realicen a través del sistema —incluidos los correspondientes a créditos del IPLyC— deberán respetar un tope del 39% del haber neto de trabajadores estatales y jubilados provinciales.
Hasta el momento, los préstamos del IPLyC no estaban alcanzados por ese límite, lo que en algunos casos llevaba los descuentos por encima de lo considerado razonable.
La resolución también incluye un programa de refinanciación para quienes actualmente superan el tope, con el fin de adecuar las cuotas y reducir el impacto sobre el salario disponible.
Objetivo común: proteger el ingreso
Aunque se trata de mecanismos distintos (administrativo y judicial), tanto Hacienda como la Justicia persiguen el mismo propósito: preservar el carácter alimentario del salario y evitar que los descuentos comprometan la capacidad económica de los trabajadores y jubilados.
Mientras la medida administrativa regula los descuentos futuros en el CUAD, la intervención judicial permitirá revisar casos particulares donde los débitos ya aplicados excedan los límites legales.
De esta manera, la provincia avanza en una misma dirección: reforzar la protección del ingreso de los trabajadores y garantizar que cualquier afectación sobre los haberes respete los principios de razonabilidad y las garantías constitucionales.





