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La reforma en Discapacidad que impulsa el Gobierno tendrá un reempadronamiento obligatorio

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El Ejecutivo presentó al Congreso el proyecto de ley “sobre el fraude en pensiones por invalidez”, que exige el reempadronamiento de todos los titulares. Al mismo tiempo, continúa sin aplicar la ley de emergencia en discapacidad.

El Gobierno nacional decidió profundizar el ajuste y volvió a poner el foco en las personas con discapacidad. Este lunes envió al Congreso un proyecto de ley que modifica las normas vinculadas a las pensiones por invalidez. La iniciativa busca reformar la Ley de Emergencia en Discapacidad, aunque el Poder Ejecutivo aún no aplicó el texto aprobado por diputados y senadores el año pasado. En este sentido, el proyecto se presenta como una “ley contra el fraude de pensiones por invalidez”.

El documento oficial señala que hubo un crecimiento “exponencial” de estas prestaciones, que pasaron de 76 mil en 2003 a cerca de 1.200 millones en 2023. Además, plantea auditorías periódicas para revisar la información de los beneficiarios.

Las verificaciones incluirían cruces de datos con organismos como la Administración Nacional de Seguidad Nacional (Anses), la Agencia de Recaudación y el sistema tributario. En este sentido, el objetivo es detectar inconsistencias en la información socioeconómica y médica. Además, se prevé suspender preventivamente las pensiones cuando se detecten irregularidades.

Uno de los puntos centrales es el reempadronamiento obligatorio de todos los titulares de pensiones no contributivas por invalidez. Los beneficiarios deberán actualizar sus datos en un plazo mínimo de 90 días, con una prórroga de 30. El incumplimiento habilita la suspensión automática del cobro.

Si la persona no regulariza su situación dentro de los 60 días posteriores, el Poder Ejecutivo podrá dar de baja definitiva la pensión mediante un acto administrativo. Además, el proyecto introduce nuevas restricciones en los criterios de acceso y permanencia.

Por ejemplo, establece que la pensión será incompatible con tener empleo formal o estar inscripto en regímenes laborales. También redefine el monto del beneficio, fijándolo en el 70% del haber mínimo jubilatorio, hoy equivalente a $275.221. En este sentido, el Gobierno nacional remarca que las prestaciones deben dirigirse exclusivamente a quienes acrediten incapacidad laboral y carezcan de recursos suficientes.