El ministro de Hacienda explicó que la decisión del máximo tribunal sobre alícuotas diferenciales en Salta y Santa Fe no impacta a Misiones, donde aseguran que se mantiene la igualdad tributaria entre empresas locales y de otras jurisdicciones.
El ministro de Hacienda de Misiones, Adolfo Safrán, explicó en su red social X, que el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el Impuesto a los Ingresos Brutos “no afecta a nuestra provincia”, ya que la decisión judicial se limita a los casos de Santa Fe y Salta.
El funcionario explicó que en Misiones “no se aplican alícuotas diferenciales” entre empresas locales y de otras jurisdicciones, y que la provincia “cumple con los criterios de igualdad tributaria” que fueron ratificados por el máximo tribunal.
Alcance limitado del fallo y antecedentes
El fallo de la Corte declaró la inconstitucionalidad de los esquemas impositivos que esas provincias aplicaban a firmas radicadas fuera de su territorio. En el caso de Santa Fe, la decisión se originó a partir de una demanda de la empresa Rieles y Cosas S.A., con sede en Buenos Aires y operaciones en esa provincia, que cuestionó tener que pagar una alícuota del 4,5% de Ingresos Brutos, frente al 3,5% que abonaban las industrias locales. La compañía consideró que esa diferencia implicaba “pagar más por el solo hecho de no estar radicada en la provincia”, mientras que el gobierno santafesino defendía el esquema como herramienta de política fiscal.
Sin embargo, la Corte rechazó ese argumento al entender que la diferencia de alícuotas “no era neutra ni razonable”, sino que constituía una barrera concreta al comercio interprovincial, por lo que falló a favor de la empresa.
En Salta, en tanto, empresas cordobesas denunciaron haber perdido beneficios fiscales por no contar con plantas industriales dentro de esa provincia, lo que derivó en reclamos millonarios por parte de la administración tributaria local.
En ese contexto, el titular de la cartera económica, remarcó que el alcance del fallo es específico: “versa sobre la inconstitucionalidad de las normas de dos provincias que les impide aplicar alícuotas diferenciales mayores del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a industrias no radicadas en esas provincias, respecto de la alícuota que tributaban las industrias radicadas en esos territorios”.
“La igualdad ante el impuesto es la regla”
El funcionario fue enfático al señalar que en Misiones “la igualdad ante el impuesto es la regla” y reiteró que la Agencia Tributaria provincial ATM no establece diferencias entre contribuyentes según su lugar de radicación.
Además, contextualizó que la decisión judicial se refiere a situaciones anteriores: “El fallo resuelve causas antiguas de Salta y Santa Fe. De hecho, estas provincias ya no aplicaban esas diferencias desde el Consenso Fiscal de 2017, al que las jurisdicciones se adhirieron voluntariamente, con excepción de San Luis y La Pampa”.
Para el titular de Hacienda, se trata de un caso que puede considerarse como de “cuestiones abstractas”, ya que “resuelve situaciones que en la práctica ya estaban superadas”, lo que refuerza que no implica cambios inmediatos para la mayoría de las provincias.
Por último, Safrán sostuvo que en Misiones “seguimos trabajando con reglas claras y transparencia fiscal”, en un mensaje orientado a dar previsibilidad al sistema tributario provincial.





