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La Justicia desestimó una denuncia contra agentes del ARCA por supuesta recaudación irregular en la Aduana de Iguazú y confirmó la legitimidad de los cobros

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La Justicia verificó que los fondos cobrados por tributos en frontera fueron acreditados correctamente en cuentas fiscales oficiales, descartando cualquier maniobra irregular.

El Juzgado Federal de Puerto Iguazú archivó la causa iniciada tras la presentación realizada por un abogado contra funcionarios de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), al concluir que la operatoria denunciada fue legítima y se ajustó a los procedimientos administrativos vigentes. La Justicia verificó que los fondos cobrados por tributos en frontera fueron acreditados correctamente en cuentas fiscales oficiales, descartando cualquier maniobra irregular.

La Justicia desestimó una denuncia contra funcionarios de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en la que se los acusaba de exigir el pago de un tributo sin que el dinero ingresara a las arcas oficiales. La denuncia había sido presentada por un abogado que ingresó al país un dron y relojes desde Brasil, a través del puente internacional Tancredo Neves, que une Foz de Iguazú con Puerto Iguazú.
Tras analizar la presentación, el Juzgado Federal de Puerto Iguazú resolvió desestimarla, al considerar que no se verificó la existencia de delito alguno en la operatoria denunciada, destacó ARCA este viernes a través de un comunicado.
En su evaluación, el Juzgado consideró que “la documentación remitida permite tener por acreditada la legitimidad del circuito de recaudación, confirmando que la operatoria cuestionada responde a un procedimiento administrativo regular y transparente, careciendo de indicios de ilicitud o perjuicio patrimonial”.

En ese sentido, tras requerir información detallada a la ARCA y al Banco de la Nación Argentina (BNA), el Juzgado concluyó que la documentación remitida permitió acreditar la legitimidad del circuito de recaudación.

El posnet y la cuenta son de ARCA

Los informes confirmaron que el dispositivo posnet identificado pertenecía a la terminal utilizada por personal autorizado de la agencia y que los fondos eran acreditados directamente en las cuentas fiscales oficiales del Tesoro Nacional a través de convenios con el BNA, señala el fallo.

A su vez, destaca que se descartó que la denominación «029IGUAADVANADEIGUAZU» correspondiera a una cuenta particular, siendo solo un nombre de fantasía de la oficina aduanera local.

El fallo subraya que la operatoria cuestionada responde a un procedimiento administrativo regular y transparente, careciendo de indicios de ilicitud o perjuicio patrimonial.

En consecuencia, el Juzgado resolvió desestimar la denuncia en los términos del artículo 180 del Código Procesal Penal Federal y dispuso el archivo de las actuaciones, si bien dejó abierta la posibilidad de reapertura en caso de que surgieran nuevos elementos de convicción.

https://drive.google.com/file/d/1is2b7UrDbobu9imPIZk8MY816b2JtjzU/view?usp=drivesdk

 

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